Deberes y derechos de los Niños y Adolescente

El carácter de una persona, de un sujeto social de derechos, hace que la niñez y la adolescencia tengan, como todo ser humano, comportamientos, actitudes e ideas positivas y otras inadecuadas. Existen circunstancias donde tendrán la razón; otras donde estarán equivocados; otras donde tengamos puntos de vista diferentes y otras donde deben ser orientados, tomando en cuenta su edad y etapa de desarrollo.

Por otra parte, se sabe que la extralimitación de normas o el uso abusivo del poder y autoridad puede generar personas violentas, agresivas o, por el contrario, dependientes, sumisas e inseguras.


La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, es una nueva ley donde se establecen derechos, deberes y responsabilidades para niños niñas y adolescentes.

Se tiene como finalidad en el presente, de establecer ciertas condiciones que aplican en dicha ley, para así dar cumplimiento a todos y cada uno de los artículos plasmados en ella.


Por lo tanto es necesario hacer una evaluación y destacar aspectos importantes y aplicarlo a una sociedad donde los "derechos y deberes" han quedado en abandono.

Los Deberes de los niños y adolescente los encontramos consagrados en el artículo No. 93 de la Lopna los cuales consagran una serie de responsabilidades que tienen que cumplir lo niños y adolescentes los cuales tienen que ser inculcados por los padres a través del proceso de crianza y educación que estos tiene que realizar, de esta manera veremos cómo los niños y adolescentes son titulares de derecho consagrados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la Lopna y en los instrumentos internacionales por lo que el cumplimiento de los derechos y garantías de los niños y adolescente no están condicionados ni sujetos de manera alguna al cumplimiento inmediato de sus deberes.

De manera que los deberes de los niños y adolescente estarán ligados al ejercicio de los derechos humanos de ellos, ya que contando con la debida orientación para ejercer sus derechos y cumplir con sus deberes dará como resultado una naturaleza de responsabilidad social al cumplimiento de sus deberes a pesar que nuestra legislación haya titulado como deberes pudiendo verse como verdaderas responsabilidades sociales.

A continuación haremos una descripción de los deberes consagrados en nuestra legislación en el artículo No. 93 de la Lopna:

1. Honrar a la patria y sus símbolos
2. Respetar, cumplir y obedecer el ordenamiento jurídico
3. Respetar los derechos y garantías de las demás personas
4. Honrar, respetar y obedecer a los padres o responsables
5. Ejercer y defender activamente sus derechos
6. Cumplir las obligaciones en materia de educación
7. Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas
8. Conservar el medio ambiente
9. Cualquier otro deber establecido en la Ley


Por lo que para su correcta interpretación debe vincularse con lo contenido en el artículo No. 13 de la Lopna que consagra el ejercicio progresivo de sus derechos y garantías, y exige el cumplimiento de sus deberes.

Pero estos deberes en el caso de los niños no le aes acarrea ninguna sanción penal o civil más bien la veremos en el plano de lo ético y moral los cuales harán cumplir los padres en su ardua labor de crianza que ejercen los padres, en cambio para los adolescente el incumplimiento de sus deberes podrían traerle consigo sanciones tanto penales como civiles para ellos a través de medidas de educación que ayudaran al adolescente a formarse a futuro como un ciudadano digna la sociedad, A su vez podemos encontrar un catalogo de deberes que a pesar de no estar insertos en ninguna norma los niños y adolescente deben cumplir en beneficio de su propio bienestar y que a continuación describiremos:

a) Expresar sus emociones.
b) Aprender lo bueno de cada situación.
c) Hacer valer sus derechos.
d) Estudiar para su desarrollo integral.
e) Compartir sus juguetes
f) Tener organizadas sus cosas.
g) Respetar a los demás.
h) Cuidar la naturaleza y el medio donde vivo.
i) Colaborar con las tareas del hogar.
j) Respetar a sus padres, siendo su fuente de amor.
k) Proteger su cuerpo de accidentes.
l) Permanecer limpios y arreglados.
m) Respetar el colegio, los profesores y compañeros.
n) Obedecer las instituciones de seguridad.
o) Respetar a los mayores y ser solidarios con los demás.

Por eso es necesario que el niño y adolescente sea consciente de que posee derechos y deberes reconocidos en todo el mundo los cuales van a favorecer enormemente a su crecimiento personal y a una mejor convivencia comunitaria tan importante en estos tiempos, por los que es importante que tomen
parte activa en esta proceso. El niño y adolescente posee pues derechos que puede exigir y deberes que necesita reconocer y aceptar, para ello cuando hablamos de esos deberes hay que tomar en cuenta que ellos teniendo uso de la razón y son conscientes los irán reconociendo y aceptando dependiendo de su capacidad evolutiva que vayan adquiriendo o el grado de madurez que vaya alcanzando.

Derechos del Niño y la Niña

1. Los niños tienen derecho a la vida.
2. Los niños tienen derecho al juego.
3. Los niños tienen derecho a la libertad y a compartir sus puntos de vista con otros.
4. Los niños tienen derecho a dar a conocer sus opiniones y manifestar sus ideas.
5 .Los niños tienen derecho a una familia.
6. Los niños tienen derecho a la protección durante los conflictos armados.
7. Los niños tienen derecho a la libertad de conciencia.
8. Los niños tienen derecho a la protección contra el descuido o trato negligente.
9. Los niños tienen derecho a la protección contra el trabajo infantil.
10. Los niños tienen derecho a la información adecuada.
11. Los niños tienen derecho a la protección contra la trata y el secuestro.
12. Los niños tienen derecho a conocer y disfrutar de nuestra cultura.
13. Los niños tienen derecho a la protección contra las minas terrestres.
14. Los niños tienen derecho a la protección contra todas las formas de explotación.
15. Los niños tienen derecho a crecer en una familia que les dé afecto y amor.
16. Los niños tienen derecho a un nombre y una nacionalidad.
17. Los niños tienen derecho a la alimentación y la nutrición.
18. Los niños tienen derecho a vivir en armonía.
19. Los niños tienen derecho a la diversión.
20. Los niños tienen derecho a la libertad.
21. Los niños tienen derecho a la paz mundial.
22. Los niños tienen derecho a la salud.
23. Los niños tienen derecho a no ser discriminados por sexo, credo, etnia o ideología.


RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES

La responsabilidad desde el plano de lo jurídico debe entenderse desde la perspectiva de una persona que ejecuta un acto libre, como la necesidad en la que se encuentra la persona de hacerse cargo de las consecuencias de sus actos. Por lo que la responsabilidad jurídica surgirá cuando el sujeto transgreda un deber de conducta señalado en una norma jurídica que procede de algún organismo eterno al sujeto como lo es el Estado y es coercitiva, por lo que la responsabilidad nos ayuda a valorar a los demás y no a causarles daño.

Es así como una de los trabajos más importantes de una familia es ayudar a sus niños y adolescentes a crecer y a convertirse en personas saludables, felices y capaces. Ellos crecen y cambian a través de las varias etapas de desarrollo, el entender dichas etapas por las que pasa el hijo puede ayudar a responder
constructivamente este proceso.

Basado pues en el principio de co-parentalidad consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se ha visto reflejado en la reforma de la Lopna encontrándose plasmado en las materias de responsabilidad de crianza y el de la convivencia familiar las cuales deberán mantenerse sobre una relación efectiva y sostenida que debe existir entre padres e hijos el cual lo consagra en su artículo No. 76 la Constitución, que estipula que el padre y la madre mediante el deber compartido e irrenunciable e criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos e hijas y estos también tendrán como deber o responsabilidad de asistirlos cuando aquel o aquellos no puedan hacerlos por sí mismos, así como también lo consagra el artículo No. 5 de la Lopna en la que establece las obligaciones generales de la familia e igualdad de género en la crianza de los niños, niñas y adolescentes, es decir que los padres tienen deberes, responsabilidades y derechos compartidos, iguales e irrenunciables de criar, formar, educar, custodiar, regular, mantener y asistir material, moral y afectivamente a sus hijos e hijas.

En atributo de la Patria Potestad establecido en el artículo No. 348 de la Lopna encontramos una de las responsabilidades más importantes de los padres como lo es la responsabilidad de crianza y otras como la representación y la administración de sus bienes, también en su artículo No. 5 en el que consagra que los padres como pilares fundamentales de la familia son responsables de forma prioritaria, inmediata e indeclinable de asegurar a los niños, niñas y adolescentes el ejerció y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías en los cuales también el estado tendrá un papel fundamental promoviendo y asegurando programas y asistencias apropiadas para que la familia pueda asumir y cumplir adecuadamente con sus responsabilidades y derechos, incorporando como se indicó con anterioridad la co-parentalidad al establecer como principio general de las relaciones familiares y su vinculación de los padres con sus hijos e hijas en el que ambos padres tienen los atributos de la responsabilidad de crianza como ese derecho-deber compartido, igual e irrenunciable y también encontraremos en el artículo No. 13 parágrafo primero que los padres tienen el deber y el derecho de orientar a los niños y adolescentes en el ejercicio progresivo de sus derechos y garantías, así como el cumplimiento de sus deberes, de forma de que contribuyan al desarrollo integral de los niños y adolescente.

CONCLUSIÓN

Los derechos y los deberes; ambos asuntos son indivisibles. Es como si describiéramos una moneda, ella tiene dos caras y aunque son dos lados separados, a la vez son una unidad. Pues así son los derechos y deberes; uno solo.

La LOPNA es la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual se rige por una serie de artículos, en donde se expresan los derechos y deberes de los niños, niñas y adolescentes.

Ésta ley contiene normas de más amplio alcance, garantista y novedosa. Se encuentra plasmada en hojas, lo cual no significa que dicha ley sea aplicada en la actualidad, a pesar que, haciendo un análisis de ella, es evidente la importancia y el gran aporte que tendría, de ser aplicada, para nuestra sociedad.


Por lo tanto se queda a reflexión, qué imprescindible es aplicar todas y cada una de estas leyes, para la obtención y mejora del significado de "calidad de vida".

Comentarios

Publicar un comentario